Exclusión por falta de documentación administrativa. Defecto Subsanable. TACRC 1722/2021

Exclusión por no presentar completa la documentación del sobre A. Son defectos subsanables los que afectan a la simple falta de acreditación de requisitos.

 

Resolución: 1722/2021 TRIBUNAL ADMINISTRATIVO CENTRAL DE RECURSOS CONTRACTUALES

Enlace: Enlace

 

Destacado:  “(…) El art. 81.2 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas establece, «Si la mesa observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará verbalmente a los interesados (…) concediéndose un plazo no superior a tres días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanen ante la propia mesa de contratación” 

(…) Este Tribunal viene manteniendo una postura marcadamente antiformalista en lo referido a la subsanación de defectos en la documentación administrativa, en línea, por otro lado, con la legislación sobre contratos públicos, cuya evolución se ha orientado a la simplificación de este trámite 

(…) “se reconoce como subsanable, ya sea por errores u omisiones, la aportación de documentos exigidos para concurrir siempre que el contenido del mismo, como elemento acreditativo, exista en el momento en que se presenta y en el momento en que concluye el plazo de presentación de proposiciones, que evidentemente es anterior al momento de subsanación …”

(…) reiterada jurisprudencia del Tribunal Supremo en cuanto a que un excesivo rigor al aplicar las normas de procedimiento puede conducir a una infracción del principio básico de contratación administrativa de la libre concurrencia a través del rechazo de los licitadores por defectos formales

(…) “ la no admisión de proposiciones por simples defectos formales, fácilmente subsanables, es contrario a los principios que deben regir la contratación pública enunciados en el artículo 1 del TRLCSP, la libertad de concurrencia y la eficiente utilización de los fondos públicos, que exigen que en los procedimientos de adjudicación de los contratos deba tenderse a lograr la mayor concurrencia posible, siempre que los candidatos cumplan los requisitos establecidos…”

 

Ficha: 

Resolución: 1722/2021

Tribunal: TRIBUNAL ADMINISTRATIVO CENTRAL DE RECURSOS CONTRACTUALES

Licitación: “Prestación del servicio de mantenimiento, control de los accesos y servicio de conserjería de las instalaciones municipales”.

 Organismo:  Ayuntamiento de Alguazas

Acto recurrido: Exclusión

Motivo principal: Exclusión del licitador por no presentar documentación completa del Sobre A (Compromiso de constitución en UTE)

Voces: Subsanación; exclusión; defecto subsanable; documentación administrativa.

Favorable empresa: Sí 

Sector: SERVICIOS DE SEGURIDAD, VIGILANCIA Y CONTROL DE ACCESOS

 

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