Impago por la administración: las medidas cautelares. STS 1622/2023

La medida cautelar de pago inmediato de la deuda es aplicable aunque solo se reclamen los intereses de demora por estar pagada ya la prestación principal.

Resolución: 1622/2023 Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso Administrativo. Sección Tercera.  Sentencia de 11 de abril de 2023.

Enlace resolución

 

Destacado:

“Este Tribunal Supremo ya ha tenido ocasión de abordar esta cuestión en sus sentencias STS nº 1656/2019, de 2 de diciembre (rec. 6353/2017) y STS nº 8/2020, de 14 de enero (rec. 6742/2017) afirmando que el artículo 217 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (actual artículo 199 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre)»ha de ser interpretado en el sentido de que la medida cautelar de pago inmediato de la deuda es aplicable tanto si se solicita el abono del principal más los intereses de demora como si se solicitan únicamente estos últimos de forma autónoma».

(…)

Procede, por tanto, estimar el recurso de casación anulando la sentencia impugnada y condenando a laAdministración demandada a pagar a «CSR Inversiones Sanitarias Sur SA» las cantidades derivadas del cálculo de los intereses establecidos de conformidad a lo dispuesto en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, sobre las sumas reclamadas en la demanda de instancia más los gastos en que ha incurrido por el impago en tiempo del precio de los servicios prestados, ascendente a la cantidad de cuatrocientos setenta y un mil ochocientos dos euros con sesenta y tres céntimos (471.802,73 €), más los intereses de esta cantidad desde la fecha dela reclamación judicial.

 

Ficha: 

 

Tribunal: TRIBUNAL SUPREMO. SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO. SECCIÓN 3ª.

Licitación:  Asistencia sanitaria a beneficiarios de la atención sanitaria pública

Organismo: Consejería de Sanidad del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Canarias

Acto recurrido: Inactividad de la administración. Silencio administrativo desestimatorio.

Artículos: Artículo 199 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público.

Favorable empresa: Si

Sector: Contrato de servicios

 

 

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