La aportación tardía de traducción jurada de la documentación no supone modificación de la oferta.
Resolución: Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales 378/2021
Siendo admisible solicitar aclaraciones respecto de las ofertas técnicas o económicas dicha solicitud tiene como límite que la aclaración no puede suponer una modificación de los términos de la oferta, bien por variar su sentido inicial, bien por incorporar otros inicialmente no previstos. En el supuesto analizado, parece que, de concederse la posibilidad de que las aquí recurrentes subsanaran los defectos advertidos en las muestras presentadas (falta de aportación de la traducción jurada de la documentación original presentada en idioma distinto al castellano), no se produciría alteración alguna de la oferta, pues estaríamos no ante la falta de cumplimiento de un requisito exigido (presentación de determinada documentación sobre las muestras, consistente en ficha técnica, certificado de examen UE de tipo, certificado de conformidad, test de laboratorio, entre otros), sino ante la falta de acreditación de estos requisitos, que sí se habrían aportado pero en un idioma distinto al castellano.
Se estima el recurso y se anula la exclusión.
Ficha:
Tribunal: Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales.
Licitación: Suministro de mascarillas FFp2 (4 lotes).
Órgano de Contratación: Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos S.A.
Voces: Principio antiformalista, principio igualdad de trato, modificación de la oferta.