La previsión de disposición de un número desproporcionadamente elevado de oficinas o establecimientos, no sólo en el territorio del órgano de contratación sino en todo el territorio nacional, sin que se haya motivado ninguna razón imperiosa de interés general, redunda en la desproporción de la medida, pudiendo conseguirse la finalidad pretendida con el contrato a través de otros medios menos restrictivos de la concurrencia. El recurso se estima y se anulan los pliegos.
Resolución: TARC 1148/2023, de 14 de septiembre de 2023
La controversia radica en si la exigencia de una oficina abierta al público en cada una de las capitales de provincia y en todas las localidades de más de 50.000 habitantes no capitales de provincia- es proporcional al objeto del contrato, y si puede ser limitativo de la concurrencia. Valor estimado del contrato: 1.916.270,01 euros. Órgano de contratación: Ayuntamiento de Segovia.
“Se vulneran los principios de proporcionalidad, igualdad, transparencia y libre competencia al exigir en el apartado relativo a la adscripción de medios, la necesidad de disponer de un número desproporcionado y antieconómico de oficinas, permitiendo de esa forma que sólo un operador postal, precisamente el que ostenta la consideración de operador postal universal, Sociedad Estatal Correos y Telégrafos S.A. S.M.E., de capital íntegramente público, sea el único que pueda participar en el procedimiento. En este sentido se pronuncia la Resolución 53/2019, de 27 de febrero del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía.
Por ello, ante la falta de motivación de la elevada adscripción de medios en comparación con el valor estimado del contrato y la ausencia de previsiones de medios alternativos, este Tribunal considera que la adscripción de medios prevista es desproporcionada y, por este motivo, debe estimarse el recurso.”
Ficha:
Tribunal: Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de Castilla y León.
Licitación: Servicios postales y notificaciones del Ayuntamiento de Segovia.
Organismo: Ayuntamiento.
Voces: Principios de libre concurrencia, igualdad de trato, proporcionalidad.